Usos y calidad del agua, la eficiencia que mantiene los oasis mendocinos

La calidad del agua: uso domiciliario de agua potable y saneamiento

El acceso al agua segura y limpia y a servicios de saneamiento es un derecho humano.

La Asamblea General de las Naciones Unidas declaró el 28 de julio de 2010 que el acceso al agua potable segura y limpia y al saneamiento es un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los demás derechos humanos. Además, expresó su profunda preocupación por el hecho de que casi 900 millones de personas en todo el mundo carecen de acceso al agua potable, una cifra suministrada por el Programa Conjunto entre la Organización Mundial de la Salud OMS y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF).

La Asamblea General de las Naciones Unidas instó a sus estados miembros y a las organizaciones internacionales a que ofrecieran financiación, recursos y tecnología para ayudar a los países más pobres a lograr acceso universal a fuentes asequibles de abastecimiento de agua segura y limpia y a sistemas de saneamiento.

En este contexto, se considera que el agua es de buena calidad cuando está exenta de sustancias y microorganismos peligrosos para los consumidores y que además, no posee sustancias que transmitan sensaciones sensoriales desagradables para el consumo. La importancia de la calidad del agua radica en que es uno de los principales medios para la transmisión de muchas enfermedades que afectan a los humanos.

El agua recomendable para consumo humano puede provenir de fuentes superficiales o subterráneas y debe tener un tratamiento especial para eliminar cualquier contaminación. Luego de este tratamiento es considerada potable y comienza a ser distribuida por la red de cañerías que llega a cada uno de los hogares. 

El Departamento General de Irrigación es la institución responsable de derivar un determinado caudal del río a los canales para que sea captado por las empresas o municipios, los que potabilizan y distribuyen el agua.  

La Ley Nº 6.044/93, en el Artículo 27, establece que los responsables de realizar el proceso de potabilización y la distribución son los “operadores”. Esta figura corresponde a las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, nacionales, provinciales o municipales que realicen, por cualquier causa, la prestación del servicio de agua potable. La institución responsable de realizar el proceso de potabilización del agua es Agua y Saneamiento Mendoza (AySAM). También prestan este servicio algunos municipios y cooperativas.

Cuando el proceso de potabilización ha finalizado, el operador entrega el agua mediante tuberías y caños, los que están conectados a cada vivienda. De esta forma cada habitante se convierte en usuario con derechos y obligaciones en relación al servicio de agua potable. En caso de que usuarios detecten deficiencias en el servicio relacionado a la cantidad y calidad del agua pueden realizar el reclamo al operador llamando al número de contacto que figura en la factura. El usuario tiene  derecho a exponer el problema y pedir una solución. Si el problema no es solucionado en tiempo y forma, el usuario tiene el derecho a realizar el reclamo al Ente Provincial de Agua y Saneamiento (EPAS). Una de las funciones de dicha institución es resolver conflictos entre usuarios, operadores y terceros, como así también dictar normas de carácter técnico sobre la calidad y protección del agua potable, infraestructura y prestación del servicio en la provincia de Mendoza.

Para conocer quién es el operador de agua potable y saneamiento de cada localidad se debe ingresar a la página web:

 http://www.epas.mendoza.gov.ar/index.php/operadoreslink