Gestión prospectiva del agua en Mendoza: pasado, preesente y futuro

El gobierno del agua en Mendoza

En Mendoza, la gestión del recurso hídrico es llevada a cabo por el Departamento General de Irrigación. Este cumple un papel fundamental, ya que tiene la enorme responsabilidad de asegurar el uso equitativo y eficiente del agua. Su injerencia y competencia no solo se refiere a la irrigación, sino a la administración del agua en todos sus usos: abastecimiento poblacional, riego, industrial, energía y recreación. Sus funciones principales son:

  • La administración general de las aguas públicas.
  • Todos los asuntos referidos al recurso hídrico.
  • La preservación, control, distribución y regulación de las aguas en sus cauces naturales y artificiales.

Existe un amplio marco legal que regula el funcionamiento del DGI y está contenido en:

  • Constitución Provincial (Sección Sexta)
  • Ley de Aguas (Superficiales, año 1884)
  • Ley 322 (Procedimiento administrativo ante el DGI)
  • Ley 4035 (Aguas subterráneas, año 1974)
  • Ley 4036 (Aguas subterráneas)
  • Ley 4306 (Aguas subterráneas)
  • Ley 6405 (Inspecciones y Asociaciones de Cauce)
  • Ley 6044 (Preservación del recurso, EPAS)
  • Reglamentos dictados por el Honorable Tribunal Administrativo (por ej. Res. 778/96 HTA sobre contaminación hídrica)